Es la primera pregunta de casi todas las consultas, y la respuesta honesta es: depende. Pero depende de variables concretas que se pueden identificar desde el principio.
Lo que sí se puede hacer en una primera reunión es explicar qué rubros se reclaman, cómo se calcula cada uno y qué es lo que mueve la aguja. Eso es lo que hacemos acá.
El principio: reparación plena
El artículo 1740 del Código Civil y Comercial establece que la reparación del daño debe ser plena: restituir la situación de la víctima al estado anterior al hecho.
No se trata solo de "arreglar el auto". Se indemniza el daño en todas sus dimensiones: física, psíquica, económica y moral.
Los rubros que se reclaman
Incapacidad sobreviniente
Es, en la mayoría de los casos con lesiones, el rubro más importante.
Indemniza la disminución permanente —física o psíquica— que le queda a la persona después del accidente, y que afecta no solo su capacidad de generar ingresos sino todas sus actividades: la vida doméstica, social, deportiva y familiar.
Se determina por pericia médica, que asigna un porcentaje de incapacidad. Sobre ese porcentaje, los jueces suelen aplicar fórmulas de matemática financiera —la conocida como Méndez, o la fórmula del artículo 1746— que combinan:
- El porcentaje de incapacidad.
- Los ingresos de la víctima (o el salario mínimo, si no se acreditan).
- La edad: cuanto más joven, más años de vida productiva quedan por delante y mayor es la indemnización.
Dos personas con la misma lesión pueden tener indemnizaciones muy distintas. Un albañil de 30 años con una limitación en el hombro cobra bastante más que un oficinista de 60 con la misma lesión.
Daño moral
Compensa el sufrimiento, el dolor, la angustia y la alteración del proyecto de vida. No requiere prueba directa cuando las lesiones están acreditadas: se presume.
Los jueces lo fijan de manera prudencial, y desde hace algunos años la jurisprudencia utiliza el criterio de los "placeres compensatorios" del artículo 1741: cuánto costaría acceder a satisfacciones que mitiguen el padecimiento sufrido.
Gastos médicos, de farmacia y de traslado
Se reconocen aun sin comprobantes completos cuando las lesiones están probadas, porque los jueces entienden que nadie guarda todos los tickets de una farmacia. Obviamente, cuantos más comprobantes haya, mayor será el monto reconocido.
También se reclama la cobertura de tratamientos que la obra social no cubrió.
Tratamiento psicológico futuro
Cuando la pericia psicológica lo recomienda, se indemniza el costo de la cantidad de sesiones sugeridas. Es un rubro que muchas víctimas desconocen y que se pierde si no se pide.
Lucro cesante y pérdida de chance
Lo que dejó de ganar durante la recuperación —jornales, facturación, changas— y, en casos de incapacidad grave, la pérdida de oportunidades laborales futuras.
Requiere prueba: recibos, facturas, declaraciones de AFIP/ARCA, testigos.
Daño emergente y privación de uso del vehículo
El costo de reparación, la desvalorización venal —lo que el auto vale menos por haber sido chocado, aunque esté bien reparado— y los días sin poder usarlo. Este último rubro crece mucho cuando el vehículo era una herramienta de trabajo: un taxi, un remis, una camioneta de reparto.
Qué es lo que más mueve el monto
En orden de impacto:
- El porcentaje de incapacidad. Es la variable dominante.
- La edad de la víctima. A menor edad, mayor indemnización.
- Los ingresos acreditados. Un trabajador registrado con recibos cobra más que quien no puede probar sus ingresos.
- La calidad de la prueba médica. Un expediente clínico prolijo y continuo vale muchísimo.
- La jurisdicción. Los montos varían de manera apreciable entre fueros.
- La existencia y la solvencia del seguro. Un responsable sin seguro puede tornar incobrable la mejor sentencia.
Por qué la pericia médica define el caso
Casi todo el reclamo cuelga de un número: el porcentaje de incapacidad que fije el perito.
Ese número no aparece solo. Depende de que la lesión esté correctamente documentada desde el día del accidente, de que los estudios sean los adecuados, de que el tratamiento se haya completado y de que los puntos de pericia estén bien planteados en la demanda.
En casos de lesiones significativas, contar con una evaluación médico-legal del daño elaborada por un especialista antes de la pericia oficial permite anticipar la discusión técnica y responder con solidez al consultor de la aseguradora, que va a trabajar activamente para bajar ese porcentaje.
Desconfíe de las cifras exactas por teléfono
Si alguien le dice un monto preciso antes de ver la historia clínica y la actuación policial, está adivinando.
Lo que sí es serio es estimar un rango, explicar de qué depende ubicarse en el piso o en el techo de ese rango, y decir con franqueza cuáles son los puntos débiles del caso.
Si quiere una estimación fundada de su caso, escríbanos con la documentación que tenga. La evaluación inicial es sin cargo y le decimos qué es realista esperar.